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Custodia · visitas · pensiones · vivienda

Modificación de medidas en Mérida y Badajoz · cuando la sentencia ya no encaja

La modificación de medidas es el procedimiento para cambiar lo que fijó una sentencia de divorcio o un convenio —custodia, visitas, pensión de alimentos, compensatoria o uso de la vivienda— cuando las circunstancias han cambiado de forma sustancial (artículos 90.3 y 91 del Código Civil). Soy Juan Manuel Gómez Galindo, abogado de familia en Mérida desde 2006.

Dejar de pagar por tu cuenta no es una modificación: es un impago. La vía correcta es esta.

El filtro que aplican los juzgados

Qué cambios justifican una modificación de medidas y cuáles no

Los juzgados exigen que el cambio sea sustancial, posterior a la sentencia y no buscado por quien lo alega. Estos son los motivos que prosperan con más frecuencia y los que suelen fracasar:

Prospera

Pérdida o reducción relevante de ingresos

Despido, cierre del negocio, jubilación o incapacidad acreditada y prolongada, no un bache de dos meses.

Prospera

Cambio en la situación de los hijos

Mayoría de edad con independencia económica, un adolescente que pide cambiar de casa, necesidades nuevas de salud o educación.

Prospera

Traslado o nuevas cargas familiares

Mudanza a otra ciudad de uno de los progenitores, nuevos hijos con otra pareja, cambio de horario laboral que impide el régimen actual.

Suele fracasar

Cambio ya previsto o voluntario

Dejar un trabajo por elección propia, un descenso de ingresos temporal o circunstancias que ya se conocían al firmar el convenio.

Suele fracasar

Desacuerdo con la sentencia

La modificación no es un recurso: no sirve para volver a discutir lo que el juez ya decidió si nada ha cambiado.

Suele fracasar

Nueva pareja del otro progenitor

Por sí sola no altera nada, salvo que afecte de forma demostrable al interés de los hijos o al uso de la vivienda familiar.

Se decide con papeles

Qué hay que probar según lo que quieras cambiar

Para reducir o extinguir una pensión

  • Vida laboral, cartas de despido, declaraciones de IRPF de antes y después
  • Certificados de ingresos actuales y prestaciones
  • Nuevas cargas: hijos, hipoteca, dependientes a tu cargo
  • Si el hijo es mayor: pruebas de su trabajo o de que no estudia con aprovechamiento

Para cambiar la custodia o las visitas

  • Horarios laborales y disponibilidad real de cada progenitor
  • Informes escolares, médicos o psicológicos del menor
  • Distancia entre domicilios y logística del día a día
  • Voluntad del menor: los mayores de 12 años son oídos por el juez

El procedimiento se rige por el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: demanda, contestación, vista y sentencia, con el Ministerio Fiscal presente siempre que haya menores.

Lo que más me preguntan

¿Puedo dejar de pagar la pensión si me he quedado sin trabajo?

No por tu cuenta: la pensión fijada en sentencia se debe íntegra hasta que otra sentencia la cambie, y el impago de dos meses seguidos o cuatro alternos puede constituir delito de abandono de familia del artículo 227 del Código Penal, además de embargos por vía de ejecución. Lo que sí puedes es presentar cuanto antes la demanda de modificación de medidas acreditando el despido y tus ingresos actuales, y pedir que la reducción se aplique desde la fecha de la demanda. Mientras se tramita, conviene seguir pagando lo que puedas y documentarlo: demuestra buena fe y evita la vía penal.

Si el otro progenitor está de acuerdo con la rebaja, se hace por mutuo acuerdo y se homologa en semanas.

¿Cuánto tarda una modificación de medidas?

Depende de la vía. De mutuo acuerdo, con el nuevo convenio firmado, el juzgado lo homologa en semanas, igual que un divorcio consensuado. Contenciosa, es un procedimiento completo del artículo 775 de la LEC: demanda, contestación en 20 días, vista con prueba y sentencia, lo que en los juzgados de Mérida y de la provincia de Badajoz se mide en meses según su carga de trabajo. En casos urgentes cabe pedir medidas provisionales para que el cambio no espere a la sentencia. La variable que acorta más el plazo es llegar con la prueba completa desde la demanda, sin diligencias pendientes que la retrasen.

Por eso la primera consulta gratuita empieza revisando qué documentos ya tienes y cuáles hay que conseguir.

Preguntas frecuentes

Dudas rápidas sobre modificación de medidas

¿La pensión de alimentos se extingue automáticamente a los 18?

No. Sigue mientras el hijo no sea independiente por causa que no le sea imputable. Para extinguirla hay que pedirlo por modificación de medidas, acreditando que trabaja o que no aprovecha los estudios.

¿Se puede pedir custodia compartida años después del divorcio?

Sí, si hay un cambio sustancial: edad y voluntad de los hijos, horarios, cercanía de domicilios. Los juzgados la conceden cada vez más cuando se demuestra implicación real y capacidad de organización.

¿Puedo modificar el uso de la vivienda familiar?

Sí, cuando los hijos alcanzan la independencia, el custodio convive con nueva pareja en la vivienda de forma estable o cambia la custodia. Es uno de los motivos más litigados.

¿La modificación tiene efectos retroactivos?

Como regla, la nueva pensión rige desde la sentencia que la fija, aunque puede pedirse desde la fecha de la demanda. Lo debido hasta entonces conforme a la sentencia anterior sigue siendo exigible.

¿Sirve un acuerdo privado entre los padres para cambiar la pensión?

No frente al juzgado: solo vale lo homologado judicialmente. Un acuerdo privado puede ejecutarse igual que si no existiera, así que conviene homologarlo, que es rápido y barato.

¿Cuánto cuesta una modificación de medidas?

Presupuesto cerrado por escrito en la primera consulta gratuita, distinto para la vía de mutuo acuerdo y la contenciosa, con pago fraccionado. Detalles en honorarios.

Si tu vida ha cambiado, la sentencia puede cambiar

Trae la sentencia o el convenio y cuéntame qué ha cambiado. En la consulta gratuita te diré si hay base para modificarlo y cómo probarlo.

Contenido redactado y revisado por Juan Manuel Gómez Galindo, abogado colegiado nº 3376 del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz, en ejercicio desde 2006. Esta página informa con carácter general y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.
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