Guía 2026 · revisada el 12 de octubre de 2026
Impuesto de sucesiones en Extremadura 2026: cuánto se paga y cuándo
En Extremadura, cónyuge, hijos, nietos y padres del fallecido (grupos I y II) restan cada uno una reducción de 500.000 euros y, sobre la cuota que pudiera quedar, aplican una bonificación del 99%: la mayoría paga cero. Hay que presentarlo igualmente en los 6 meses siguientes al fallecimiento. Te lo explico como abogado de herencias en Mérida, colegiado nº 3376 desde 2006.
En la primera consulta gratuita te hago el cálculo con las cifras reales de tu herencia.
El calendario que manda
Los cuatro plazos del impuesto de sucesiones
Plazo voluntario
Desde el día del fallecimiento para presentar la autoliquidación (modelo 650) y pagar, si procede.
Prórroga
Se solicita dentro de los 5 primeros meses y amplía el plazo a un año, con intereses de demora pero sin recargo.
Recargo por retraso
Presentar fuera de plazo sin requerimiento previo: recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso durante el primer año; pasados 12 meses, 15% más intereses de demora (art. 27 LGT).
Prescripción
El derecho de la Administración a liquidar prescribe a los 4 años desde el fin del plazo voluntario, según la Ley General Tributaria.
Cómo baja la factura
Reducciones y bonificaciones que se aplican en Extremadura
El orden es siempre el mismo: primero se resta a la base lo que corresponda por parentesco y por vivienda, después se aplica la tarifa estatal (del 7,65% al 34%) con el coeficiente de cada grupo y, por último, si eres del grupo I o II, se descuenta el 99% de la cuota. Desde 2024, la reducción por parentesco de cónyuge, hijos y padres ya no es la estatal de 15.956,87 euros, sino la autonómica de 500.000 euros:
| Concepto | Cuánto | Quién y con qué condiciones |
|---|---|---|
| Reducción por parentesco (autonómica) | 500.000 € | Grupos I y II: descendientes y adoptados, cónyuge, ascendientes y adoptantes, por cada heredero. No depende del patrimonio previo del heredero ni del tamaño de la herencia.Artículo 17 del texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, en la redacción de la Ley 1/2024, de 5 de febrero (BOE núm. 45, de 20 de febrero de 2024). |
| Bonificación autonómica en la cuota | 99% | Grupos I y II, sobre la cuota que quede después de las reducciones.Texto refundido de tributos cedidos de Extremadura (Decreto Legislativo 1/2018). |
| Reducción por parentesco (estatal) | 7.993,46 € | Grupo III: hermanos, sobrinos, tíos y parientes por afinidad, sin la bonificación del 99%. El grupo IV no tiene reducción por parentesco.Artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. |
| Vivienda habitual del fallecido | 95% | Cónyuge, descendientes, ascendientes y colaterales mayores de 65 que convivieran. Reducción del 95% de su valor con el límite estatal, condicionada a mantenerla 10 años; la normativa extremeña la mejora en determinados supuestos. |
| Empresa familiar y explotación agraria | 95% | Cónyuge y descendientes que continúen la actividad. Reducción del 95% estatal, con mejoras autonómicas, sujeta a mantenimiento de la actividad. |
| Discapacidad | Según grado | Herederos con discapacidad acreditada. Reducción estatal adicional según el grado (33% o 65%), compatible con las anteriores. |
Normativa vigente a 12 de octubre de 2026. La reviso en cada ejercicio y, en cada herencia, compruebo el texto aplicable a la fecha del fallecimiento.
Lo que más me preguntan
¿Se ha suprimido el impuesto de sucesiones en Extremadura?
No. El impuesto sigue existiendo y hay que presentarlo en todas las herencias, aunque el resultado sea cero. Lo que cambió es cuánto pagan los familiares directos: desde el 1 de enero de 2024, la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos de Extremadura, elevó a 500.000 euros por heredero la reducción por parentesco de los grupos I y II, sin tener en cuenta el patrimonio que ya tuviera el heredero, y se mantiene la bonificación del 99% sobre la cuota. La propia ley explica que la declaración se conserva para que la Administración tenga una foto del patrimonio heredado. En la práctica, si eres hijo, nieto, cónyuge o padre del fallecido y lo que heredas no supera los 500.000 euros, la base liquidable queda en cero. Hermanos, sobrinos y tíos siguen tributando con la reducción estatal.
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Extremadura por heredar de un padre?
Para casi todas las herencias entre padres e hijos, cero. El cálculo tiene tres pasos: a la parte que hereda cada hijo se le resta la reducción autonómica por parentesco de 500.000 euros (artículo 17 del texto refundido, en la redacción de la Ley 1/2024) y, si procede, la de vivienda habitual; sobre lo que quede se aplica la tarifa estatal, del 7,65% al 34%; y a esa cuota se le descuenta el 99% de la bonificación extremeña de los grupos I y II. Por eso, por debajo de 500.000 euros por hijo no hay nada que pagar, y por encima la cuota final es una fracción pequeña de lo heredado.
Lo que sí cuesta dinero es no presentarlo: los recargos se calculan sobre la cuota, pero la falta de liquidación bloquea la inscripción de los bienes y los saldos bancarios.
¿Hay que presentar el impuesto de sucesiones si no hay que pagar nada?
Sí, siempre. La bonificación reduce la cuota, no la obligación de declarar: la autoliquidación del modelo 650 debe presentarse en los 6 meses aunque el resultado sea cero. Sin ella, el banco no libera las cuentas del fallecido, el Registro de la Propiedad no inscribe la vivienda a nombre de los herederos y Tráfico no cambia la titularidad del coche. Además, a la hora de vender un bien heredado, el valor declarado en sucesiones es el valor de adquisición a efectos del IRPF, así que declarar bien hoy ahorra impuestos mañana.
Junto al de sucesiones hay que liquidar en el ayuntamiento la plusvalía municipal de los inmuebles urbanos, con el mismo plazo de 6 meses.
Preguntas frecuentes
Dudas rápidas sobre el impuesto
¿Dónde se presenta el impuesto de sucesiones de una herencia en Mérida?
Ante la Junta de Extremadura, competente cuando el fallecido tenía su residencia habitual en la comunidad, en la oficina liquidadora del partido judicial o de forma telemática. Lo presento yo dentro del expediente de herencia.
¿Qué pasa si el fallecido vivía fuera de Extremadura?
El impuesto se rige por la normativa de la comunidad donde residió los últimos cinco años, aunque los bienes estén aquí. Si la herencia está dispersa, coordino la liquidación con las reglas que correspondan.
¿Los hermanos pagan sucesiones en Extremadura?
Sí, con más carga: pertenecen al grupo III, con reducción estatal de 7.993,46 €, coeficiente multiplicador mayor y sin la bonificación del 99%, que solo alcanza a los grupos I y II.
¿Puedo renunciar a la herencia para no pagar el impuesto?
La renuncia pura y simple ante notario libera del impuesto de sucesiones; pero si renuncias a favor de una persona concreta, Hacienda lo trata como aceptación más donación, con dos impuestos. Conviene decidirlo con asesoramiento.
¿Se puede pagar el impuesto con dinero de la propia herencia?
Sí. Los bancos permiten disponer de los saldos del fallecido para el pago del impuesto mediante cheque a nombre de la Hacienda autonómica, sin necesidad de haber hecho antes la partición de la herencia.
¿Cobras por calcular el impuesto?
El cálculo orientativo forma parte de la primera consulta gratuita. La liquidación y presentación van dentro del presupuesto cerrado de la herencia, detallado en la página de honorarios.
Seis meses pasan rápido. Calcula el impuesto ahora
Con el certificado de defunción y una idea de los bienes te digo en la primera consulta gratuita cuánto tocaría pagar, qué reducciones aplican y cuándo hay que presentarlo.
Contenido redactado y revisado por Juan Manuel Gómez Galindo, abogado colegiado nº 3376 del Ilustre Colegio de Abogados de Badajoz, en ejercicio desde 2006. Esta página informa con carácter general y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.
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